Estos gastos son aquellos que Hacienda nos permite deducir de las ventas e ingresos obtenidos para calcular el beneficio de la actividad. Sobre esta deducción se aplica el porcentaje del IRPF que corresponde.
Estos son los siguientes criterios que Hacienda establece para considerarlos como un gasto deducible:
- Deben vincularse a la cantidad económica que realiza el autónomo
- Deben encontrarse justificados mediante las correspondientes facturas. También valen las facturas o recibos que aparezcan los datos fiscales correspondientes
- Deben estar registrados por el autónomo en sus correspondientes libros de gastos e inversiones
¿Cuáles son los principales gastos de un autónomo?
Conocer y controlar los gastos de una empresa, es fundamental para la mejora y su rendimiento.
Pero antes, ha de tenerse en cuenta que todo autónomo debe cumplir con las cotizaciones a la Seguridad Social. Las cuantías de dicha aportación varía según el tipo de autónomo que sea:
- Si se trata de un autónomo sin bonificaciones: Depende de la base de cotización que se escoja, deberá pagar entre 286,1€ y 1.233,21€ al mes.
- Si se trata de un autónomo societario, es decir, aquellos que tengan como mínimo un 25% de las participaciones de la sociedad y realizar labores de dirección o gerencia dentro de dicha sociedad, o aquellos que tengan al menos el 33% del capital de la empresa y trabajar en ella o los que no cuentan con participación en la sociedad pero conviven con uno de los socios que tengan al menos un 50% del capital.
Los gastos con factura que presenten los autónomos, son aquellos que podemos deducir en el IVA y en el IRPF al 100%. Se necesita una factura desglosada para poder ser contabilizados en nuestra actividad y deben de cumplir las condiciones para ser deducibles:
- Aquellas compras que son necesarias para la actividad
- Los servicios profesionales externos
- La formación profesional
- Los gastos que permiten mayor visibilidad a nuestro negocio como son la publicidad y relaciones públicas.
- Los eventos y ferias que estén vinculados a la actividad.
- Los trabajos de manteniento en la empresa
- Los viajes y transporte también son 100% deducibles siempre que se acredite que están relacionados con la actividad de la empresa.
- Y los gastos de manutención, como las dietas y los gastos de hostelería.
Estos son algunos de los gastos más habituales que se debe considerar si es autónomo o tiene pensado serlo. Existen dos tipos de gastos, los fijos y variables:
- El impuesto sobre valor añadido (IVA): A este gasto le corresponde un 21%. Deberá de devolver la diferencia cada tres meses.
- El impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF): es un impuesto progresivo, se aplica sobre las ganancias netas. Normalmente con una cantidad del 7% de los ingresos, para los autónomos cuya actividad comenzó hace 3 años, y del 15% para el resto.
- Existen otros gastos: gastos en gestorías, alquiler del local, vehículo, empleados, etc.
Habitualmente esto son los gastos que le corresponden a los autónomos. Sin embargo, debido a la situación actual, se han modificado casi por completo la forma de trabajo e incluso de hábitos en él.
Anteriormente en España, el teletrabajo solo era una opción ocasional para algunas empresas. Sin embargo, tras lo sucedido con la pandemia, muchas empresas españolas se suman a esta nueva alternativa del trabajo en remoto.
¿Cuáles son los gastos deducibles de un autónomo que teletrabaja?
Actualmente, es más común ser autónomo y realizar su actividad laboral en remoto. Ya sea en la propia vivienda o en oficinas habilitadas para ello. En ese caso, los gastos fijos pueden ser los relacionados con el IVA, IRPF, empleados, materiales,etc., estos presentan una serie de factores a tener en cuenta como gastos diferentes a los que estamos acostumbrados.
Por otra parte, ha de tenerse en cuenta los gastos relacionados con la vivienda, suministros y otros:
Los gastos relacionados con la vivienda
Éste factor es el menos problemático. Lo que puede deducir depende de si está en una casa alquilada o en una propiedad.
Si el autónomo se encuentra en una casa alquilada puede deducir el porcentaje de la vivienda que utilice para su actividad.
- Como por ejemplo: Si pagas 400€ de alquiler, y la casa tiene 100m2 y utilizas 25, podrás deducir 100€ de ese gasto (25%). Si esto sucede, debes pedir a tu casero o propietario que te realice dos contratos de alquiler, en el cual el primero es un contrato tipo individual y el segundo se refleja como centro de trabajo.
Si la casa es de propiedad puede deducir los gastos de la comunidad, la amortización de la casa, los intereses de la hipoteca, el seguro del hogar y los demás impuestos que están relacionados con la propiedad de la casa.
Los gastos relacionados con el suministro
Los gastos comunes como son: los gastos de la luz, agua, teléfono e internet son los que más problemas dan a los autónomos que realizan su trabajo desde casa.
El autónomo debe tener en cuenta que para poder dividir y separar de ese modo el consumo ha de disponer de dos contadores diferentes. Algo que es completamente inusual y extraño de encontrarse. Este es el principal motivo de problemática.
Teniendo en cuenta este factor, si lo deja en el modelo censal 036, el autónomo podrá desgravar en concepto de IRPF hasta un 30% de los gastos deducibles de suministro. Se tiene en cuenta el porcentaje de la vivienda en el desarrollo de la actividad.
Se recomienda a los autónomos con estas características, que adopten unos nuevos hábitos en el teletrabajo así como de consumo en el hogar. De ese modo, puede reducir sus gastos energéticos en la misma.
Uno de los consejos importantes, es tener en cuenta la potencia contratada, puede ser un gran paso de ahorro energético y de eficiencia energética en el hogar.
Otros gastos que son deducibles
Aparte de los gastos nombrados, el autónomo puede deducir todo lo que esté relacionado con su actividad como software, productos necesarios para su día a día, compras de material y servicios profesionales.
- Como por ejemplo: Si necesita comprar un ordenador, impresora o material semejante, puede deducir este gasto siempre que tenga que ver con su actividad.